Artículo 38 de la ley del seguro en España

Artículo 38 de la ley del seguro en España

Te voy a explicar el artículo 38 de la Ley del Seguro, que tanto a ti como asegurado, como a mí como perito o tasador, nos conviene conocer para poder reclamar a las compañías aseguradoras indemnizaciones correctas en relación a los siniestros. Quédate, que arranco con el artículo.

Soy Juan Sastre y llevo años valorando siniestros a favor de los asegurados. 

Conozco cuál es el procedimiento que se sigue, tanto a nivel técnico, judicial y oficial, como a nivel personal, ya que he actuado varias veces aplicando este artículo en siniestros. Sé cómo funciona y cuál es la diferencia entre aplicarlo o no aplicarlo, y cuál es el camino a seguir para llegar a un acuerdo con la aseguradora.

 

 

Para que sirve el artículo 38 de la ley del seguro

El artículo 38 sirve para reclamar indemnizaciones correctas una vez ocurrido un siniestro, ya sea de vehículos, inundaciones, incendios, robos, o cualquier incidente cubierto por una póliza de seguro. Si consideras que la compañía aseguradora te ha pagado menos de lo que corresponde o no te indemniza correctamente, puedes aplicar este artículo.

El artículo 38 establece que, una vez producido el siniestro y dentro de los cinco días siguientes a la comunicación del siniestro prevista en el artículo 16 de la Ley de Contrato de Seguro, el asegurado o tomador debe comunicar por escrito a la aseguradora la relación de los bienes existentes en el momento del siniestro, los bienes salvados y una estimación de los daños. También corresponde al asegurado poder acreditar la preexistencia de los bienes afectados, aunque la propia póliza puede servir como presunción cuando razonablemente no puedan aportarse pruebas más eficaces.

El asegurado tiene la responsabilidad de demostrar la preexistencia de los bienes afectados. La ley facilita que la póliza de seguro sirva como una presunción a favor del asegurado.

Esto significa que, en situaciones donde no es posible proporcionar pruebas directas, el contenido de la póliza puede utilizarse como referencia. Este aspecto del artículo protege al asegurado, especialmente en circunstancias donde la obtención de pruebas adicionales es complicada.

Llegados a este punto, es importante que el asegurado pueda demostrar de manera fehaciente, la existencia de los bienes. ¿Cómo?, a través de fotografías, inventario o facturas de compra.

 

Cuando aplicar el artículo 38 de la ley del seguro

Si te ofrecen menos de lo que deberían, es cuando tienes que aplicar el artículo 38 de la ley del seguro. Si asegurado y aseguradora no alcanzan un acuerdo sobre la indemnización dentro del plazo previsto legalmente, cada parte puede designar a su propio perito. El plazo de ocho días no comienza automáticamente desde que existe el desacuerdo: se aplica cuando una de las partes ya ha designado a su perito y requiere formalmente a la otra para que designe el suyo.

En este caso, el asegurado nombra a un perito que lo represente. Como perito de parte, yo presento un informe detallado que compara la valoración de daños con la presentada por el perito de la aseguradora. Generalmente, se intenta llegar a un acuerdo para evitar mayores gastos y dilaciones.

En estos casos, el perito contratado por el asegurado realiza su propia valoración del siniestro y representa técnicamente la posición de su cliente frente a la compañía aseguradora. Esto cobra especial importancia cuando existe una diferencia económica relevante entre la indemnización propuesta por el seguro y el valor que puede justificarse para los daños o bienes afectados.

Si no se llega a un acuerdo, el artículo 38 prevé la posibilidad de nombrar un tercer perito imparcial a través de un procedimiento de jurisdicción voluntaria.

Este tercer perito, ajeno a las partes, emite un dictamen vinculante para ambas partes. Los honorarios de este perito suelen repartirse equitativamente entre la aseguradora y el asegurado.

 

 

¿Está Obligada la Aseguradora a Entregar el Informe Pericial?

La posibilidad de acceder al informe elaborado por el perito de la compañía es una cuestión distinta del procedimiento pericial del artículo 38. Si tu problema es que la aseguradora no te facilita ese documento, puedes consultar específicamente si tienes derecho a ver el informe del perito de tu aseguradora y qué información puede resultar necesaria para preparar una valoración independiente.

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Designación de Peritos y Elaboración del Dictamen

Si llegados a este punto, no hay acuerdo, cada parte selecciona un perito y, si estos peritos no llegan a un acuerdo, se debe designar un tercer perito. Este proceso asegura una evaluación justa e imparcial del siniestro. El dictamen pericial, ya sea por unanimidad o mayoría, es vinculante a menos que sea impugnado judicialmente dentro de los plazos establecidos.

 

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Juan Sastre perito contra aseguradoras

 

Impugnación y Pago de la Indemnización

Si el dictamen de los peritos es impugnado judicialmente, el asegurador aún debe abonar el importe mínimo de la indemnización mencionado en el artículo 18. Si el dictamen no es impugnado, el asegurador debe pagar el importe determinado por los peritos en un plazo de cinco días. Este aspecto garantiza que el asegurado reciba al menos una parte de la indemnización a tiempo, incluso en casos de disputa.

 

Intereses y Gastos en Caso de Demora en el Pago

Una demora en el pago de la indemnización por parte del asegurador puede tener consecuencias significativas. Si el asegurado se ve obligado a reclamar judicialmente la indemnización, esta se incrementará con intereses y gastos del proceso. Esto proporciona un incentivo para que los aseguradores cumplan con sus obligaciones de manera oportuna y justa.

 

 

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