Tengo derecho a ver el informe del Perito de mi Aseguradora

Tengo derecho a ver el informe del Perito de mi Aseguradora

¿Tengo Derecho a Ver el Informe del Perito de mi Aseguradora?

Siento comunicarte que como asegurado, no tienes derecho a ver ni reclamar el informe del perito de tu aseguradora. Ese informe pertenece a la compañía así como si tu solicitas un informe de parte con un perito, tampoco tienes la obligación de entregar tu informe a la aseguradora.

Cuando ocurre un incidente cubierto por tu póliza de seguro, la aseguradora suele enviar un perito para valorar los daños y determinar la indemnización que corresponde. Sin embargo, ¿qué sucede si no estás de acuerdo con la valoración del perito de tu aseguradora? ¿Tienes derecho a ver el informe del perito? En este artículo, abordaré tus derechos como asegurado en caso de desacuerdo con el peritaje de tu compañía de seguros.

 

El Rol del Perito de la Aseguradora

Antes de entrar en detalles sobre tus derechos, es importante comprender el papel que desempeña el perito de la aseguradora. Cuando presentas una reclamación a tu compañía de seguros por daños en tu vivienda, por ejemplo, la aseguradora envía un perito para valorar la situación. El perito de la aseguradora está encargado de:

  • Analizar los Daños: El perito realiza una inspección detallada para determinar la magnitud de los daños. Esto incluye daños materiales, pérdidas y cualquier otra circunstancia relevante para la reclamación.
  • Valorar los Daños: Basándose en su análisis, el perito de la aseguradora establece el valor de los daños y calcula la indemnización que la aseguradora está dispuesta a pagar.
  • Elaborar un Informe: El perito documenta sus observaciones y conclusiones en un informe pericial. Este informe sirve de base para la decisión de la aseguradora con respecto a tu reclamación.

 

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Qué Hacer si no Estás de Acuerdo con el Peritaje de tu aseguradora

Si el perito de la aseguradora emite un informe con el que no estás de acuerdo, es fundamental que conozcas tus derechos y las opciones disponibles. En España, tienes varias alternativas:

  • Comunicar tu Desacuerdo: Lo primero que debes hacer es comunicar a tu aseguradora que no estás de acuerdo con el informe del perito. Esto puede desencadenar un proceso de revisión.
  • Contratar a tu Propio Perito: En muchos casos, puedes contratar a tu propio perito para analizar los daños y elaborar un informe pericial independiente. Este perito trabajará en tu nombre y puede proporcionar una valoración diferente de los daños.
  • Negociación: Una vez que tengas el informe de tu propio perito, puedes negociar con la aseguradora para intentar llegar a un acuerdo sobre la indemnización.

Todo ello viene reflejado en el artículo 38 de la ley del seguro, que a continuación te resumo.

 

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Qué es el artículo 38 de la ley del seguro

El artículo 38 de la ley del seguro establece que, en caso de discrepancia entre el asegurado y la aseguradora respecto a la valoración del daño, cada parte puede nombrar un perito.

Si así se hace, los peritos deben presentar un dictamen de forma conjunta; pero si no hay acuerdo entre ellos, se debe designar un tercer perito de conformidad, cuya decisión en caso de discordia será vinculante, salvo en caso de juicio.

 

Qué derechos tiene el asegurado a través del artículo 38 

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Elaboro informes contra aseguradoras

El asegurado tiene los siguientes derechos bajo este artículo:

  1. Nombramiento de Perito: El asegurado tiene derecho a nombrar un perito independiente para que evalúe los daños y contradiga, si es necesario, la evaluación del perito de la aseguradora.
  2. Dictamen Pericial Conjunto: Los peritos nombrados por el asegurado y la aseguradora pueden emitir un dictamen conjunto si llegan a un acuerdo.
  3. Nombramiento de un Tercer Perito: Si no hay acuerdo entre los peritos, se nombra un tercer perito. La decisión de este tercer perito es obligatoria, a menos que la disputa se lleve a juicio.
  4. Derecho al Juicio: En caso de que el asegurado no esté conforme con la decisión del tercer perito, tiene derecho a llevar el caso ante los tribunales.

 

Tengo Derecho a Ver el Informe del Perito de mi Aseguradora

Como te he dicho anteriormente, no tienes derecho a ver el informe de la aseguradora ya que ese informe y el perito que lo emite, es contratado por la propia compañía. 

Como norma general, las compañías o el consorcio de compensación, nunca ofrecen la consulta de su informe, es decir tu tampoco lo hagas con el tuyo si contratas a un perito de parte. Deja que sean los peritos o en su defecto los abogados los que negocien.

 

¿Qué Hacer si no te Proporcionan el Informe?

Lo único que puedes hacer es contratar una pericial de parte y externa, para utilizarla como herramienta de negociación y fuerza contra la aseguradora. Busca un perito independiente que te ofrezca garantía de valoración de bienes de manera objetiva y que negocie a en base a lo que dice el artículo 38 con la aseguradora.

Este perito trabajará en tu interés y emitirá un informe pericial basado en su evaluación imparcial de los daños. Tener un informe pericial independiente fortalece tu posición en las negociaciones con la aseguradora y puede aumentar tus posibilidades de obtener una indemnización justa.

 

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