Tasación de bienes en colación hereditaria

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La tasación de bienes en colación hereditaria

La tasación de bienes en colación hereditaria, debe realizarse justo antes de la división entre herederos para un justo reparto. Hay que tener muy en cuenta, que no solo debemos tasar los bienes pendientes de reparto. Los bienes colacionados, también forman parte de la masa hereditaria que debe repartirse.

¿Qué se entiende por colación?

Hace referencia a la obligación que tiene un heredero forzoso, de aportar a la masa hereditaria, el valor de los bienes que haya recibido en vida por parte del fallecido. Lo que se conoce como donación en vida. Esta misma, se considera un adelanto de herencia, por tanto, debe así tratarse en el momento del reparto entre herederos.

La colación hereditaria viene regulada en el art 1035 del código civil

El heredero forzoso que concurra, con otros que también lo sean, a una sucesión deberá traer a la masa hereditaria los bienes o valores que hubiese recibido del causante de la herencia, en vida de éste, por dote, donación u otro título lucrativo, para computarlo en la regulación de las legítimas y en la cuenta de partición.

 

 

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Cuando es necesaria la tasación de bienes en colación hereditaria

El valor a efectos de masa hereditaria de los bienes colacionados, se estipula en el momento en que se realiza la sucesión y no en el momento de la donación. La tasación de los bienes en colación, así como el resto de ellos, deberá realizarse al momento del reparto de los mismos.

Cabe recordar que en el art 1045 del código civil se establece que

«No han de traerse a colación y partición las mismas cosas donadas, sino su valor al
tiempo en que se evalúen los bienes hereditarios.
El aumento o deterioro físico posterior a la donación y aun su pérdida total, casual o
culpable, será a cargo y riesgo o beneficio del donatario.”

Ello quiere de decir, que el donatario (persona a la que se la hace una donación), es conocedor del estado en que se encuentra el bien y por tanto todos los cambios físicos de mejoras y pérdidas del mismo, serán responsabilidad del donatario.

 

Como se valoran los bienes en una colación hereditaria

En función de la valoración del bien colacionado, el beneficiado por la donación, tomará menos cantidad de la masa hereditaria. Por su parte, el resto de coherederos deberán recibir de más en el reparto, regulando y equiparando entre ellos, la diferencia sobre el bien colacionado.Tasacion de bienes en colacion juan sastre perito tasador herencias

Una colación es por imputación. Ello significa, que el donatario responde por el valor de la colación y no con el propio bien. A modo de ejemplo, si un heredero forzoso, ha recibido un inmueble por parte del causante, no deberá compartir la propiedad con el resto de coherederos, pero sí el valor de la misma.

Ante este hecho, siempre hay que tener en cuenta en la valoración total de bienes heredados por parte del perito tasador, tanto al avalúo de los pendientes de repartir como los ya repartidos o donados en vida. Todos ellos, forman parte de la masa hereditaria.

 

Por qué debemos tasar los bienes colacionados

La finalidad principal de tasación de bienes colacionados, es intentar ser lo más justos en el reparto de herencia buscando la igualdad entre legitimarios.

Cabe recordar, que a través de una colación se impone al legitimario, traer a la masa hereditaria, el valor de los bienes recibidos en vida del causante, a fin de valorar las legítimas.

 

Que bienes están sujetos a tasación en una colación

Por norma general, todos!!!.

Cada bien cedido en vida por parte del causante, debe estar sujeto a tasación para posterior división y reparto de la herencia.

Como todo en la vida existen excepciones, bienes o gastos no colacionables y que vienen recogidos en los art 1039 a 1044 del código civil. Entre los más reseñables podemos destacar que NO son colacionables;

  • «los padres no estarán obligados a colacionar en la herencia de sus ascendientes lo donado por éstos a sus hijos» (abuelos donando bienes a nietos),
  • «lo gastado por los padres y ascendientes para cubrir las necesidades especiales de sus hijos o descendientes con discapacidad» 
  • Gastos de alimentos, educación, curación de enfermedades, aunque sean extraordinarias, aprendizaje, equipo ordinario, ni los regalos de costumbre.

 

¿Puede anularse una colación?

El causante puede anular o dispensar la operación de la colación sobre determinados bienes o herederos. La dispensa de colación es excepción a la regla.  

Otro supuesto por el que no es obligatorio colacionar los bienes heredados, es en la no aceptación de la herencia. 

Requisito indispensable para la colación de bienes es la aceptación de herencia por parte de los herederos. Si el donatario, no acepta la herencia, no se convierte en heredero ni adquiere derechos como tal.

 

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