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Que es un peritaje de valoración de daños por DANA

Un peritaje de valoración de daños por DANA es aquel informe que cuantifica y valora los desperfectos ocasionados durante las precipitaciones. Determinar mediante un peritaje los daños ocasionados por la DANA y valorar los bienes a fecha de siniestro.
A menudo es la propia compañía aseguradora o en su defecto el consorcio de compensación de seguros el que designa y aporta un perito para que cuantifique los daños para posteriormente se realice el pago de los mismos. Es ahí donde pueden surgir discrepancias entre tomador y aseguradora. A través de este artículo quiero que conozcas que debe tenerse en cuenta en un peritaje de valoración de daños por DANA y como poder reclamar en caso de discrepancias en cuanto a la valoración obtenida.
Antes de nada voy a detenerme a conocer que es una DANA y que daños puede provocar.
Que es la DANA
La AEMET (Agencia estatal de meteorología) define a una DANA como:
«Depresión cerrada en altura que se ha aislado y separado completamente de la circulación asociada al chorro, y que se mueve independientemente de tal flujo, llegando a veces, a ser estacionaria o incluso retrógrada».
De apariciones otoñales, afecta cómo norma general a la costa mediterránea de la Península ibérica donde se produce un choque de aire polar originario de Europa Occidental con un aire cálido y húmedo con origen en el mediterráneo.
Se manifiesta a través de lluvia, tormenta, granizo o fuerte viento, provocando a su paso grandes desperfectos materiales.
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Que daños puede provocar una DANA
Los daños que puede provocar una DANA son múltiples y diversos. Rotura de tejados por vientos y rayos. Inundaciones en edificios, garajes y plantas bajas. Caída de árboles y ramas. Cortes en carreteras y demás situaciones que en su mayoría pueden ser peligrosas y provocan daños materiales.
Una vez ocurrido el temporal y salvo en contadas ocasiones donde la póliza así lo refleje, el tomador del seguro deberá notificar el siniestro a la compañía en un plazo no superior a 7 días. A partir de ahí relacionar los bienes afectados por el siniestro y el valor de los mismos. Después será el perito de la compañía el que valore dichos daños, para una posterior indemnización.
Valoración de daños por DANA
A la hora de realizar la valoración de daños por DANA o cualquier otro siniestro, siempre debe tenerse en cuenta el valor del bien objeto justo antes de la concurrencia del hecho. Es decir el valor del bien momento antes de ocurrir la precipitación.
En ese sentido, es importante diferenciar lo que son bienes estructurales como tejados, paredes y edificaciones que su valor de reparación y reposición será el que marque el mercado. A modo de ejemplo, si hay que reparar el tejado de una casa, la aseguradora deberá indemnizar a razón de las facturas presentadas por la empresa reparadora. En estos casos no vale una indemnización parcial o estimada.
Por otro lado, cuando son bienes muebles los que deben valorarse, hay que tener en cuenta su depreciación y vida útil. En muchos casos las aseguradoras ofrecen un valor residual a los bienes afectados, sin tener en cuenta ni su tipología ni su vida estimada.
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Cómo reclamar con un peritaje de valoración de daños por DANA
Una vez que la compañía nos ha comunicado el importe de indemnización y no estamos conforme con su importe, se puede reclamar con un peritaje de valoración de los daños por la DANA. El conocido como contraperitaje.
A través del cual podemos presentar una valoración más acorde a lo que pensamos como realidad, sin mostrar ánimo de lucro por nuestra parte. Si bien en cierto que muchas ocasiones las aseguradoras miran sus intereses ofreciendo valoraciones a la baja, otras veces son los propios tomadores del seguro los que sobrevaloran los bienes afectados, buscando un lucro indefensable.
En caso de desacuerdo, tanto el tomador con la compañía tienen la obligación de designar un perito en el plazo de 40 días desde la notificación del siniestro.
Desde el momento en el que el tomador avise de la designación de un perito de parte, la aseguradora tendrá 8 días para designar a su perito. Si no lo hace, se entiende que acepta el dictamen del perito de parte.
Qué dice la ley sobre la reclamación de daños por DANA
Para realizar una correcta reclamación de daños por la DANA, es preciso tener en cuenta el Real Decreto-ley 11/2019, de 20 de septiembre, por el que se adoptan medidas urgentes para paliar los daños causados por temporales y otras situaciones catastróficas.
Dichas medidas van encaminadas a autorizaciones para la convocatoria de ayudas por parte de otras administraciones (Comunidades Autónomas, Ayuntamientos…).
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