Peritaje de parte para la reclamación de daños por volcán

Desgraciadamente el peritaje de parte para la reclamación de daños por volcán, puede llegar a ser la única vía de reclamación que tengan los asegurados para poder reclamar una indemnización justa al consorcio de seguros.
La erupción del volcán cumbre vieja en la isla de la Palma, deja atrás una larga y extensa lista de bienes destruidos por el magma volcánico. Lava que supera los 1000 grados de temperatura y que a su paso arrasa con todo tipo de inmuebles, vehículos, negocios, cultivos y explotaciones agrarias o ganaderas.
Llegado el momento y una vez superado el periodo de erupción agresiva volcánica, será el momento de evaluar todos los bienes perdidos y empezar a reclamar una indemnización acorde y justa en relación a las pérdidas, que en muchos casos, son los de toda una vida.
Si quieres leer directamente algún contenido, en el cuadro de arriba verás los contenidos de esta página. Como perito especializado en tasación de bienes, he resumido lo que necesitas saber sobre el peritaje de reclamación de daños por una erupción volcánica.
Cuándo es necesario un peritaje de reclamación de daños por erupción de un volcán
Una vez pasado el periodo activo de erupción, empezará el periodo pasivo de las consecuencias de la misma. Reclamar a la aseguradora o consorcio del seguro una indemnización acorde a los daños producidos y que a través de la cual pueda empezarse una vida nueva.
Lo primero que hay que hacer, es esperar a la valoración que aporta el perito del consorcio. Para ello y dependiendo del caso y circunstancia, este valorará en relación a los bienes afectados disponiendo o no, de un listado o fotografías que pueda haber aportado el asegurado.
En caso de no estar de acuerdo con la valoración de los daños por parte del consorcio, nosotros como consumidores y tomadores de una póliza de seguros, estamos en nuestro derecho de actuar bajo la ley del seguro y su artículo 38.
Que dice la ley sobre la valoración de siniestros
La ley sobre la valoración de siniestros, viene regulada por el art 38 de la ley del seguro.
Resumiendo ese artículo, se llega a la conclusión que cuando se produce un siniestro y hay acuerdo entre la aseguradora y asegurado, la primera deberá pagar la prestación convenida entre los dos.
Atención que la indemnización no es una decisión unilateral del seguro sino un acuerdo entre las partes.
Si por el contrario no existe acuerdo entre las partes en cuanto a indemnización (ocurre muy a menudo, no olvidar que una aseguradora es un negocio como cualquier otro y por tanto busca beneficio) el asegurado podrá contratar un perito de parte, para poder reclamar una indemnización justa.
Entre los peritos de cada parte, deben intentar llegar a un acuerdo en cuanto al valor de los daños. Si no hay acuerdo entre éstos, las partes deberán costear a medias a otro perito que generalmente lo designará un juez o notario. Aquí ya estamos hablando dentro del marco de un procedimiento judicial, que en la mayoría de casos no interesa llegar a ninguna de las partes.
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Quién cubre los daños ocasionados por un volcán
En España existe un organismo público que es quién cubre los daños ocasionados por un volcán. El consorcio de compensación de seguros es el encargado de asumir este tipo de indemizaciones por siniestros.
Depende exclusivamente del ministerio de asuntos Económicos. De hecho, en su web aparece que para tener derecho a las indemnizaciones el daño ha tenido que ser causado por alguno de los riesgos que tienen la consideración legal de “riesgos extraordinarios”.
Fenómenos naturales como terremotos, maremotos, erupciones volcánicas, lluvias torrenciales o tornados. Todas ellas causas por las cuales el consorcio de compensación de seguros puede hacerse cargo de las indemnizaciones.
No estoy de acuerdo con valoración de daños del consorcio
Si usted se ha visto afectado/a por la erupción del volcán cumbre vieja en la isla de la Palma y no está de acuerdo con la valoración de daños del perito del consorcio, que sepa que está en su derecho de reclamar una justa indemnización.
Así también lo hace saber la propia web del consorcio, consulte pulsando aquí.
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Contratar perito para peritaje de reclamación de daños por volcán
Contratar un perito para elaborar un peritaje de reclamación de daños por volcán, es a menudo, la solución y la vía necesaria para llegar a un acuerdo para una justa indemnización.
Todo detalle es tenido en cuenta a la hora de valorar bienes y mobiliario. Como he comentado anteriormente, una aseguradora es un negocio más entre los muchos que existen en este país. Buscará indemnizar por cantidades inferiores a las justas y por tanto el asegurado puede salir perjudicado.
Si tenemos en cuenta que los daños provocados por un volcán destrozan toda una vida de recuerdos, bien vale la contratación de un perito de parte. Reclamar todos esos daños y su valoración objetiva.
Tipos de peritaje de daños por erupciones volcánicas
Un buen peritaje de daños por erupciones volcánicas debe incluir tanto el origen de los daños (está claro que en este caso es la erupción de un volcán) cómo una valoración de mercado y actual de los bienes que han sido afectados.
En la mayoría de casos, el magma volcánico destroza a su paso nuestros bienes más preciados, entre los que se encuentran nuestros inmuebles y su mobiliario interior. Valorar propiedades por su valor de mercado y todo su mobiliario y contenido. En función a su tipología inmobiliaria, características y ubicación, se puede obtener un valor de mercado actual.
Por otro lado, la valoración de vehículos es otro de los peritajes más solicitados en erupciones volcánicas. Obtener el conocido como valor venal del vehículo a fecha de siniestro.
La valoración de negocios, explotaciones agrarias y productivas es otra de las pérdidas más importantes. Negocios en muchos casos, de los que dependían familias enteras y que han quedado derruidos. Valorar la actividad económica, productiva y patrimonial de ese negocio, será objeto pericial para muchos economistas.
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